Valoramos su grado de limitaciones en la actividad (antiguamente “grado de discapacidad”). Ley 39/2006. Disposición adicional 8ª.
El certificado de discapacidad es el reconocimiento administrativo de la discapacidad y su propósito de compensar las desventajas sociales que implica la discapacidad, proporcionando acceso a derechos y prestaciones de distinto tipo, con vistas a equiparar oportunidades.
La discapacidad es toda restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro del margen que se considera normal para el ser humano.
Determinamos si un trabajador puede o no realizar su profesión con las patologías sobrevenidas.
Le orientamos sobre la adaptación del puesto de trabajo en relación con su caso.